Cuando una persona se acoge a la Ley de Segunda Oportunidad, no solo entra en juego su situación económica, sino también la relación con sus acreedores. En la mayoría de los casos, esos acreedores son bancos o entidades financieras, por lo que es normal preguntarse: ¿Qué papel juegan exactamente los bancos en este proceso?
En este blog resolvemos algunas de las preguntas más frecuentes sobre la relación con los bancos durante un procedimiento de Segunda Oportunidad.
¿Los bancos pueden negarse a aplicar la ley?
No. Si el deudor cumple los requisitos legales y obtiene una resolución favorable, la exoneración es obligatoria, aunque a los bancos no les convenga. No pueden bloquear el proceso.
¿Pueden los bancos embargar si ya estoy en el proceso?
Una vez iniciado el procedimiento, quedan paralizadas las ejecuciones y embargos. Esto significa que el banco no puede iniciar nuevas acciones judiciales ni seguir con las que ya estaban en marcha mientras se resuelve el caso.
¿Qué pasa si tengo deudas con distintos bancos?
Todas las entidades deben incluirse en el procedimiento. No importa si son bancos, financieras o proveedores. El proceso busca cancelar el conjunto de la deuda, no solo una parte.
¿Qué ocurre si la deuda incluye una hipoteca?
La ley también contempla estos casos. Si el inmueble ya fue ejecutado y queda un remanente, esa deuda también puede exonerarse. Si aún conservas la vivienda, se analiza la viabilidad del plan de pagos.
¿Cómo reaccionan los bancos normalmente?
Aunque cada caso es distinto, lo habitual es que las entidades no se opongan si la situación de insolvencia está bien justificada. El respaldo de profesionales con experiencia, como en Sin Deuda Group, facilita que el proceso avance sin complicaciones.
En resumen, los bancos participan en el proceso, pero no pueden impedir que una persona obtenga la exoneración si cumple con los requisitos. En Sin Deuda Group acompañamos cada paso y negociamos directamente con las entidades para proteger tus derechos.